Los Concursos de delitos - Derecho penal argentino
¿En qué consisten los concursos de delitos?
Hay concurso de delitos, cuando la conducta delictual encuadra en varias figuras penales que no se excluyen entre sí.
Hay determinados casos, en donde el hombre comete varias infracciones a la ley penal; a veces esta pluralidad de hechos ilícitos es solo aparente, así sucede en el "concurso aparente". Por ejemplo, A mata con veneno a B, y su conducta encuadra -aparentemente- en dos figuras penales: el homicidio simple (artículo 79 del Código Penal) y el homicidio agravado (artículo 80 inciso 2).
En estos casos, en realidad, no hay pluralidad de violaciones a la ley penal, porque las figuras se eliminan unas a otras, o sea, se excluyen entre si en virtud de la relación que existe entre ellas (esas relaciones pueden ser de exclusión, de especialidad o de subsidiaridad).
En otras ocasiones, el hombre produce, efectivamente, varias violaciones a las normas penales, porque su conducta encuadra en varias figuras penales, y éstas no se eliminan o excluyen entre sí, son neutras. En estos casos, hablamos de un Concurso de Delitos.
Ricardo Nuñez da un claro concepto cuando dice: "existe un concurso de delitos, cuando a una persona se la llama a
responder de varias violaciones de la ley penal" (Omeba, E.J. Tomo III, pág. 650).
Agrega Nuñez: "para que a una persona se le puedan imputar varias violaciones de la ley penal, no es suficiente que su conducta encuadre en varias figuras delictivas, sino que, además, es necesario que las respectivas figuras puedan funcionar al mismo tiempo de manera automática, sin que la aplicación de una esté excluida por la aplicación de otra".
En consecuencia, para que exista "concurso de delitos", es fundamental la existencia de pluralidad de violaciones, y que además, las figuras no se excluyan entre sí. Si las figuras penales se excluyen, se elimina entre ellas, no hay "concurso de delitos", sino lo que ya conocemos como "concurso aparente de leyes".
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