Clasificación de las penas - Derecho Penal

Clasificación de las penas

Las penas en materia de derecho penal, pueden clasificarse:

1. Según el bien jurídico del que privan (art. 5 C.P.)

  • a) Privativas de vida (pena de muerte)
  • b) Privativas de libertad (reclusión y prisión)
  • c) Privativas de capacidad (inhabilitación)
  • d) Privativas de patrimonio (multa)

2. Según su autonomía

  • a).- Principales: pueden aplicarse solas, en forma autónoma, porque no dependen de la aplicación de ninguna otra pena (ej. reclusión, prisión, multa, inhabilitación);

  • b).- Accesorias: su aplicación accede a la aplicación de una pena principal, de la cual dependen. Se le aplican a un individuo al cual se le aplicó una pena principal y siempre dentro de la misma sentencia y de la misma causa.

3. Según como se aplican

Cuando se aplica para una misma figura jurídica más de una pena se considera que ésta pueden ser:

  • a).- Paralelas: si la ley propone dos penas de distinta calidad pero de igual cantidad, separadas por la partícula "o".

  • b).- Alternativas: las dos (2) tienen distinta calidad y cantidad.

  • c).- Conjuntas: las que estén separadas por la partícula "y" o "e".

4. Según admitan o no su determinación

  • a).- Indeterminables: la pena se establece fijando un máximo y un mínimo dentro de los cuales el juez va a apreciar la pena en concreto, según el caso particular, aplicando los arts. 40 y 41 Código Penal (atenuantes y agravantes).

  • b).- Fijas: cuando el juez no puede individualizar la pena. Esta clase de penas no se aplica en nuestro sistema.

5. Según admitan o no fraccionamiento

  • a).- Divisibles: pueden aplicarse en distintas cantidades.
  • b).- Indivisibles: las que no pueden fraccionarse.

Características de las especies de penas

Penas privativas de vida (Pena de muerte)

La pena de muerte no se encuentra tipificado en el Código Penal, y está prohibido por la Constitución Nacional.

Penas privativas de la libertad

Son aquellas que privan de la libertad ambulatoria (de traslado) al condenado, mediante su internación en un establecimiento cerrado, en el cual debe permanecer durante todo el tiempo que fije la sentencia. Existen 2 penas privativas de libertad (aunque la tendencia actual es a unificarlas):

  • La reclusión (perpetua o temporal): Artículo 6 Código Penal "La pena de reclusión, perpetua o temporal, se cumplirá con trabajo obligatorio en los establecimientos destinados al efecto. Los recluidos podrán ser empleados en obras públicas de cualquier clase con tal que no fueren contratadas por particulares".

  • La prisión (perpetua o temporal): artículo 9 "La pena de prisión, perpetua o temporal, se cumplirá con trabajo obligatorio en establecimientos distintos de los destinados a los recluidos".

Límites de la reclusión y la prisión

Estas penas privativas de libertad se pueden aplicar como máximo, en forma perpetua (hasta que el condenado muera), pero de todas formas dicha perpetuidad puede tener un límite: la libertad condicional. De ésta forma, el condenado a perpetuidad puede obtener la libertad condicional, si:

Clasificación de las penas
  • a.- Ha cumplido 35 años de condena (art. 13 Código Penal);
  • b.- No es reincidente (art. 14 Código Penal);
  • c.- No se dan los casos de los artículos 80 inc. 7, 124, 142 bis (anteúltimo párrafo), 165, 170 Código Penal (anteúltimo párrafo).

Obtenida la libertad condicional, la misma puede ser revocada, si dentro de los 5 años posteriores, el condenado vuelve a cometer un delito, o viola los incisos del artículo 13. Si se revoca, el condenado vuelve a la cárcel, y ya no podrá obtener nuevamente la libertad condicional (artículo 17). Pero, si pasaron los 5 años, sin que la libertad condicional sea revocada, la pena quedará extinguida, y el condenado será totalmente libre.

Penas de multa

La multa es una pena de carácter pecuniario, que se impone por un delito, a veces como sanción principal, y otras veces como accesoria de otra pena y cuyo fin es prevenir y retribuir (no tiene por finalidad aumentar los ingresos del Estado, sino simplemente reprimir al autor de un delito).

Sirve para sustituir con eficacia penas privativas de la libertad de corta duración.

Penas de Inhabilitación

La inhabilitación, es una incapacidad referida a la esfera de determinados derechos, que se impone como pena al que ha demostrado carecer de aptitud para el ejercicio de esos derechos o funciones.

Consiste en la privación de derechos, de ejercer funciones o empleos públicos, profesiones, beneficios previsionales o asistenciales públicos, etc.

Se pueden clasificar en absolutas o especiales (artículo 19 y 20 Código Penal) según los derechos que afecta; o también en perpetuas o temporales: dependiendo del tiempo por el que se las dicte.

Las inhabilitaciones pueden ser sobre un grupo determinado de derechos, pero dicha pérdida de derechos nunca puede ser total porque significaría la muerte civil.

@El derecho penal argentino

Comentarios

Entradas populares