La Extradición y su regulación jurídica - El derecho penal argentino

La Extradición

La extradición es un instituto del Derecho Internacional Público que consiste en el pedido de entrega que hacen las autoridades judiciales de un país a otro, de una persona (procesado o imputado o sospechoso) que está en el territorio de este último, para:

  • Que sea juzgado por las leyes del Estado requirente.

  • Que cumpla la condena.

La extradicion de personas imputadas

La Convención Interamericana Sobre la Extradición, expresa en su artículo 1: "Los Estados Partes se obligan, en los términos de la presente Convención, a entregar a otros Estados Partes que lo soliciten, a las; personas requeridas judicialmente para procesarlas, así como a las procesadas, las declaradas culpables o las condenadas a cumplir una pena de privación de libertad".

Requisitos:

  • Un acuerdo jurídico entre los Estados partes o normas sobre extradición contenidas en tratados multilaterales sobre materias especificas. Ante la ausencia de estas normas algunos países no otorgan la extradición o la dan sólo aplicando las reglas de reciprocidad y de solidaridad. Las leyes sobre extradición (en nuestro país la ley 24757) se aplican en forma supletoria.

  • El pedido de Extradición debe hacerse por escrito, vía diplomática.

  • El Estado Parte requirente, debe imputarle a la persona reclamada la comisión de un delito. El hecho que se le imputa debe ser:

    • a) Delito de cierta gravedad.

    • b) Tener "doble incriminación", es decir que debe ser delito para ambos Estados Partes.

    • c) Delito de tipo común.

No procede la Extradición:

  • Por delitos políticos.

  • Por delitos previstos por la ley penal militar.

  • Cuando la acción penal se haya extinguido.

  • Si el pedido es para juzgar a la persona por un tribunal ad-hoc.

  • Si se descubre que existen persecuciones de tipo políticas, religiosas, sociales, etc. o se sospeche con fundamentos de que la persona pedida pueda llegar a ser torturada.

  • En caso de que la pena sea de muerte.

  • Cuando la persona que se reclama está procesada o fue anteriormente juzgada por el Estado requerido, por el mismo hecho que le imputa ahora el requirente.

¿Qué pasa si dos Estados requieren a la misma persona?

Si es por el mismo hecho, se le da preferencia al Estado en donde se cometió el delito; si son hechos distintos, la preferencia es para el Estado en donde se cometió la infracción más grave, a criterio del Estado requerido y si éste considera que son graves por igual, se da preferencia al que primero hizo el pedido de Extradición.

¿Quién determina a la entidad que se encargara de decir si procede o no la Extradición?

El derecho interno del Estado requerido se encarga de nombrarla. En Argentina es el Poder Judicial el que concede la Extradición, poniendo a la persona a disposición del requirente, pero si en un plazo pactado no se hace cargo de ella, el Poder Judicial, se encarga de ponerla en libertad.

¿Puede un Estado pedir la Extradición de una persona por un delito que éste no cometió dentro de su territorio?

Sí, procede la Extradición aún cuando el delito fue cometido fuera del territorio del Estado requirente, cuando con dicho delito se perjudique a sus nacionales.

¿La persona pedida puede tener la misma nacionalidad que el Estado requerido?

Sí, puede pero en general los Estados deniegan la Extradición de aquel que pertenece a su nacionalidad, salvo que se trate de delitos de lesa humanidad.

@El derecho penal argentino

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